Lima, 17 de marzo de 2020
OFICIO MÚLTIPLE N° 11163 -2020-SBS
Señor
Gerente General / Gerencia Mancomunada
Presente.-
Me dirijo a usted con relación a la realización de la Junta Obligatoria Anual de Accionistas del año 2020, que en aplicación de lo establecido en el artículo 114 de la Ley General de Sociedades, Ley N°26887 y sus modificatorias, debe efectuarse obligatoriamente, a más tardar, el 31 de marzo del presente año.
Sobre el particular, considerando el estado de emergencia sanitaria, por la existencia del COVID-19, dispuesto por el D.S. N° 008-2020-SA y lo dispuesto en la Segunda Disposición Final del D.U. N° 26-2020, esta Superintendencia señala lo siguiente:
- Ante la imposibilidad de reunirse oportunamente, las entidades supervisadas por esta
Superintendencia podrán llevar a cabo la Junta Obligatoria Anual de Accionistas con posterioridad al 31.03.2020. - Sin perjuicio de lo anterior, mientras dure el estado de emergencia, las entidades podrán realizar la Junta Obligatoria Anual, por medios alternativos al presencial, siempre y cuando se garantice el derecho de información y participación de todos los accionistas en el marco de la normatividad vigente.
Atentamente,
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Fuente: El Peruano